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    13 May '09

    ¿Qué es la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad?

    La Plataforma exige a la Administración la modificación de la actual Ley 3/2004 de Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales

    El pasado 20 de marzo de 2009, diferentes patronales, asociaciones, federaciones y confederaciones de empresarios de toda España constituyeron la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, puesto que la falta de financiación está provocando un fuerte aumento de los impagados, y como consecuencia, el cierre de muchas empresas y una considerable pérdida de puesto de trabajo.

    El objetivo de este foro es reclamar ante la Administración central la modificación de la actual Ley 3/2004 de Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, ya que resulta del todo ineficiente para acabar con esta práctica nociva y carente de toda ética. Para la Plataforma, la no modificación de esta ley puede llevar a la quiebra a pymes y autónomos, por lo que también va a solicitar al Gobierno que inste a las Administraciones públicas y locales a que cumplan con rigor los plazos de pago con sus proveedores.

    Si bien la Plataforma está formada por muchas asociaciones adheridas, la Comisión está formada por: ADIME, AFME, AMASCAL, CONAIF, FACEL, FENIE, FERCA y PIMEC. Hasta la fecha, la Plataforma constituida representa a más de 783.000 empresas (micro, pequeña y mediana empresa, y autónomos) de toda España que ocupan a más de 4.500.000 trabajadores.

    La Plataforma, que está formada por patronales representantes multisectoriales de la pequeña y mediana empresa y asociaciones sectoriales del ámbito autonómico y estatal, aboga por suprimir las cláusulas abusivas en los contratos y establecer, por ley, un plazo máximo de pago fijado en 30 días y, excepcionalmente, en un periodo transitorio, de 60 días a partir de la fecha de factura.

    Esta propuesta coincide con la reforma legal que ya ha entrado en vigor en Francia, que establece un plazo máximo de pago en operaciones comerciales de 45 días a contar desde el último día del mes o 60 días a partir de la fecha de emisión de la factura o de recepción de la mercancía o servicio prestado, plazo que será obligatorio en Francia durante un periodo de transición de 5 años, tras el cual el plazo legal será de 30 días, y sujeto a un régimen sancionador, que tiene como principal premisa, defender al acreedor ante un impago.
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