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    5 Mar '20

    La web de EDE Ingenieros permite a las empresas vascas saber si les afecta la Ley de Sostenibilidad

    La iniciativa surge de las numerosas empresas que les consultan sobre el tema. Rellenando un formulario las empresas industriales y del sector servicios y comercio pueden saber su consumo energético anual y si rebasa los límites

    EDE Ingenieros ha incluido en su web una calculadora que permite a las empresas vascas conocer fácilmente su consumo energético anual y si rebasa los límites establecidos por la Ley 4/2019 de Sostenibilidad energética. La iniciativa surge de las numerosas consultas recibidas por parte de empresas que desconocen si les afecta esta ley y como realizar los cálculos para aclararlo. "A través de la web damos una respuesta sencilla a una duda muy frecuente que las empresas quieren verificar, dado que la ley ha ampliado las obligaciones a un amplio rango de organizaciones y sectores" afirma Mariano Sánchez, Director de EDE Ingenieros.

    Al formulario se accede desde la web ede-ingenieros.com; hay una calculadora energética para empresas industriales y otra para calcular el consumo de empresas del sector servicios y comercio, ya que los límites de consumo son diferentes en ambos casos. El procedimiento es simple; se introduce la suma del consumo del año de electricidad y de gas en kWh –la suma de todas las facturas- y se obtiene el consumo final anual en toneladas equivalente de petróleo –tep-. Si es igual o mayor de 500 tep, en el caso de empresas industriales, se muestra en color rojo un mensaje indicando que sí afecta la ley. En el sector servicios y comercio esto ocurre si es igual o mayor que 40 tep. Por debajo de ambos límites, aparece en verde un texto que señala que no competen las obligaciones de la ley. Para realizar el cálculo se utiliza el mismo coeficiente de conversión que utiliza el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco.

    La idea se enmarca en el servicio de asesoramiento energético que presta EDE Ingenieros. Como firma especializada en gestión energética, su equipo atiende y resuelve las dudas de empresas de muy diversos sectores, a las que acompaña en la mejora energética. La aprobación de la Ley 4/2019 de Sostenibilidad Energética, que se suma al Real Decreto estatal RD/56, ha propiciado un refuerzo de este servicio ante la necesidad de las organizaciones de asegurarse el correcto cumplimiento de todos los requisitos administrativos y de gestión energética. En el caso de la ley vasca, además, la ampliación de las obligaciones toca de lleno al sector industrial y por primeva vez también al sector servicios y comercio, menos familiarizado con estas cuestiones. "Esta ampliación de obligaciones se refleja también en la cantidad de consultas que nos llegan de empresas de servicios y comercio que quieren ponerse al día".

    Principales inquietudes de las empresas vascas

    Entre las cuestiones a las que dan respuesta en EDE Ingenieros, esta una duda común entre las grandes empresas afectadas por el RD 56/2016: si están exentas de cumplir la ley de sostenibilidad energética vasca. En la actualidad, en el territorio de la CAPV coexisten dos normativas, la estatal y la autonómica, que regulan las acciones referentes a la eficiencia energética para los sectores industriales. Con la primera se establecía la obligatoriedad de realizar una Auditoría Energética de, como mínimo el 85% de sus consumos energéticos en todas sus plantas a nivel nacional y hacerla con una periodicidad de 4 años o bien establecer un sistema de gestión energética certificado (ISO 50001). "La segunda va un poco más allá y, además de una Auditoría Energética del 100% de sus consumos energéticos, solicita otras acciones en el ámbito energético: disponer de un sistema de gestión y control de consumos, el certificado de eficiencia en parte de sus edificios, un plan de movilidad (en empresas de más de 100 personas/turno), las formación e información sobre energía y un plan de reducción de hidrocarburos líquidos. Esto afecta a las grandes empresas que tienen oficinas y plantas de producción en la CAV. Por lo tanto, las grandes empresas deben de cumplir con el RD 56/2016 y además se ven obligadas a cumplir con las exigencias de la Ley 4/2019" afirma Mariano Sánchez, Director de EDE Ingenieros.

    Otra duda frecuente es sobre la conveniencia de certificarse en ISO 50001 y si puede aportar ventajas en la actual situación. A este respecto, con la certificación en la Norma ISO 50001 se cumpliría con el RD 56/2016 y parte de la Ley 4/2019, en los siguientes puntos: La realización periódica de la Auditoría Energética, el sistema de gestión de consumos energéticos y la formación e información. Sin embargo, quedaría por cumplir otros aspectos como:

    • La realización de los Certificados de Eficiencia en Edificios. Estos certificados tienen una validez de 10 años desde el momento de su registro, por lo que no se suelen someter a un control periódico a corto plazo, excepto que se lleve a cabo una modificación sustancial que afecte a sus valores energéticos.
    • El Plan de Movilidad de los centros de trabajo, que no se encuentra sujeto a una revisión periódica y
    • El Plan de eliminación de hidrocarburos líquidos que básicamente consiste en establecer actuaciones de cambio de combustibles por otros que ayuden a la descarbonización de instalaciones y equipos.

    "Actualmente, la tendencia es certificarse en una ISO 50001 para poder mantener directrices energéticas procedimentadas y canalizar las exigencias reglamentarias vía el departamento de Sistemas" señala Sánchez, que ve en esta tendencia el inconveniente de que "los perfiles técnicos integrados en estos departamentos no disponen en muchos casos de experiencia y base energética por lo que pueden necesitar una formación mínima en este sentido". El director de EDE Ingenieros considera que "en las empresas que no disponen de un sistema de instalaciones de proceso complejas y sus consumos energéticos suponen menos del 5% de sus gastos estructurales, la implantación de una ISO 50001 puede no ser el sistema más adecuado, excepto que sus clientes soliciten unos estándares mínimos certificados en el aspecto energético".

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