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    16 Abr '20

    ASEAMAC ha elaborado un documento que recopila las preguntas más frecuentes sobre alquiler de maquinaria y equipos en el escenario de COVID-19

    Se actualizará de forma progresiva, a medida que se recopilen más consultas e incidencias, y estará disponible abierto al público en el sitio web de la asociación

    Desde la publicación del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, se han sucedido múltiples documentos legislativos, que afectan a diversos ámbitos de la actividad de las personas y las empresas.

    La suspensión o cese de actividad por orden del Gobierno no elimina las obligaciones que las empresas tienen de seguir pagando sus impuestos, haciendo frente a sus obligaciones con entidades financieras, con sus propios trabajadores y con todos sus proveedores.

    El Gobierno de España no ha emitido ninguna legislación que contradiga lo establecido en el Código Civil ni en el marco normativo aplicable al alquiler de maquinaria y/o equipos.

    Es decir, las empresas arrentadarias (clientes) que han alquilado cualquier tipo de maquinaria y equipos deben hacer frente a sus obligaciones con sus proveedores (arrendadores).

    Desde el colectivo se han emitido, desde el inicio de la situación actual, comunicados informativos llamando al diálogo y al entendimiento. Y en muchos caso así ha sido.

    Sin embargo, se han detectado múltiples incidencias, algunas son dudas de buena fe y otras son malas prácticas por parte de diversos agentes, que intentan imponer sus condiciones o directamente desentenderse de cualquier tipo de obligación.

    Por ello, desde ASEAMAC se ha elaborado un documento que recopila las preguntas más frecuentes relacionadas con la actividad de alquiler de maquinaria y equipos, ante la situación especial generada por el coronavirus (COVID-19).

    Contenidos

    1. Introducción al alquiler, definiciones y obligaciones
    - Subcontratación en construcción

    2. Acuerdo entre las partes

    3. Preguntas frecuentes
    - ¿Se han modificado las condiciones generales de contratación para el alquiler por la normativa relacionada con el COVID-19?
    - ¿Se puede finalizar el alquiler de forma unilateral, como consecuencia del cese de actividad, si no está previsto en el contrato?
    - ¿Qué sucede si no hay un contrato de alquiler firmado?
    - ¿Qué sucede si el arrendatario (cliente) pide la finalización del contrato y los bienes no se devuelven al arrendador (alquilador)?
    - ¿Quién es responsable de los equipos alquilados (en caso de daños, hurto, robo,…) durante el cese de actividad?
    - Como arrendatario (cliente), ¿tengo que seguir pagando el alquiler durante el cese de actividad? ¿Y los servicios vinculados?
    - ¿Se pueden suspender los contratos de alquiler?
    - Si es sólo un alquiler ¿por qué el arrendatario (cliente) obliga a firmar un contrato de subcontratación al arrendador (alquilador)?

    4. Más información


    El documento está disponible, abierto al público en el sitio web de ASEAMAC.
    Consultar el documento

    Solicitar más información

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