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    18 Nov '09

    El Marcado CE de Puertas Industriales, Comerciales, de Garaje y Portones

    Responsabilidades y proceso para su obtención

    Oportunidades y retos de la Directiva de Productos de Construcción

    La Directiva de Productos de la Construcción 89/106/CEE, transpuesta a España por el Real Decreto 1630/1992, fijó el objetivo de crear un libre mercado de mercancías de productos de construcción a través del marcado CE y de la oportunidad de vender sus productos libremente y sin barreras técnicas en toda Europa, a un mercado de 495 millones de personas en los 27 países miembros.

    La Directiva de Productos de la Construcción presenta 6 posibles sistemas de certificación, la asignación de cada sistema de certificación a cada producto varía según el criterio de la comisión europea. Se acentúan más las exigencias del proceso de certificación según el grado de riesgo que provoca este producto en la seguridad del mercado.

    La directiva fija que el fabricante de las puertas es el único responsable de su cumplimiento, por lo que ante un accidente o incumplimiento legal él es quien debe demostrar que cumplió con las exigencias del marcado CE.

    ¿En qué consiste el marcado CE para Puertas Industriales?

    Desde mayo de 2005 es obligatorio el marcado CE de puertas industriales, según la Norma Armonizada UNE-EN 13241-1:2004 bajo un sistema de evaluación de la conformidad 3.

    El sistema 3 de certificación obliga al fabricante, que previo a la emisión de su "Declaración de Conformidad y Etiquetado CE del producto", haya intervenido un Organismo Notificado, como Applus+ Lgai Nº 0370, para la ejecución y evaluación de los Ensayos Iniciales de Tipo EIT.

    Las administraciones competentes (en España las Consejerías de Industria de cada comunidad autónoma) actúan como agentes de control en el mercado, e intervienen para vigilar su cumplimento, ante la denuncia que alguien realice o ante algún accidente.

    Cuando una Puerta Industrial ostenta el marcado CE, indica que ha seguido los pasos que dan cumplimiento a la Directiva CPD 89/106/CEE y la Norma Armonizada UNE-EN 13241-1:2004, aunque también le puede aplicar las Directivas de Seguridad de Máquinas, de Baja Tensión y EMC.

    ¿Qué pasos debo seguir para obtener el marcado CE de mis puertas?

    Los requisitos para que el fabricante pueda marcar CE su producto son:
    • Implantar un Control de Producción en fábrica (CPF): No es obligatorio que sea auditado por una tercera parte, aunque si aporta valor su control.
    • Realizar los Ensayos Iniciales de Tipo (EIT) en un laboratorio que sea Organismo Notificado (O.N.) como Applus+ Lgai Nº 0370.
    • Realizar un manual de instrucciones de instalación, uso y mantenimiento.
    • Emitir una "Declaración de conformidad": Significa asumir que como fabricante, el producto puesto en el mercado cumple con el marcado CE.
    • Marcado CE y etiquetado.

    Opciones para la obtención del marcado CE

    1. De forma individual:
    El fabricante define su producto de forma completa, con todos los elementos que lo constituyen, su proceso de fabricación, y sus manuales.
    Ventajas: Autonomía e independencia plena para definir sus productos y combinaciones que considere necesario.
    Inconvenientes: Mayores costes para afrontar el marcado CE.
    El organismo notificado, Applus+ Lgai, emitirá un certificado a nombre del fabricante con las características individuales del producto que han sido evaluadas.

    2. De forma compartida:
    Varios fabricantes se unen para definir uno o varios tipos de puertas que construirán y comercializarán cada uno, pero cumpliendo unos criterios comunes de tipo de producto y proceso constructivo.
    Ventajas: Grupo reducido y costes compartidos para realizar la certificación del marcado CE.
    Inconvenientes: Obligado acordar con otros fabricantes el tipo de producto y sus componentes a ensayar. Debe firmarse un contrato bilateral fijando responsabilidades individuales entre los fabricantes que comparten los ensayos iniciales de tipo.
    El organismo notificado, Applus+ Lgai, emitirá un certificado de ensayo a nombre de cada fabricante con sus características individuales que han sido evaluadas.

    3. En cascada:
    Un sistemista (entidad que define un tipo de puerta, sus características y proceso de fabricación) cede sus ensayos y los informes a un tercer fabricante, al que obliga a fabricar la puerta según fue ensayada, con todos sus componentes iguales que cuando se evaluó y siguiendo el mismo proceso constructivo que realizó para su fabricación.
    Nota: Conceptualmente se fijó para dar cobertura a las grandes multinacionales con centros productivos diversos pero con idéntico producto y sistema de construcción.
    Ventajas: Costes muy bajos para la obtención del marcado CE.
    Inconvenientes: Atadura. El fabricante se incapacita para cambiar nada del producto ensayado y cedido, obligando a implantar idéntico proceso constructivo que el sistemista realizó. Se firma un contrato en el que el sistemista traslada las responsabilidades al fabricante en caso de realizar cualquier variante de producto ensayado y comprometerse a seguir el mismo proceso de construcción que él realizó.
    El organismo notificado emitirá un certificado de ensayo a nombre del sistemista con las características del producto evaluado. El organismo notificado no podrá nunca emitir un informe o certificado a nombre del fabricante acogido por la cascada, en tanto que nunca ha evaluado nada.

    ¿El procedimiento en Cascada es fiable?

    En las últimas semanas y a raíz de un informe emitido por el Ministerio de Industria para explicar mejor la directiva y como aplicarla a las Puertas Industriales, han aparecido muchas dudas y preguntas de cual es el procedimiento a seguir para el Marcado CE en Cascada.

    El procedimiento en Cascada es sin duda atractivo para cualquier fabricante que valore sólo el coste bajo de la certificación, sin embargo asume grandes ataduras, riesgos y una fuerte responsabilidad que no siempre es fácil de asumir.

    El acogerse a un formato de puerta, con componentes que en muchos casos no se conocen y que nunca más podrá cambiar, obliga al fabricante a ser siempre fiel al sistemista, al sistema constructivo definido y seguir siempre el proceso de cómo construir la puerta que el sistemista definió.

    El fabricante que se acoja a la certificación en Cascada es muy importante que conozca sus limitaciones y responsabilidades ante esta opción, pues firmará por ellas. Estas ataduras contractuales son muy duras a medio y largo plazo:
    • Utilizar siempre los mismos componentes de la puerta ensayada (imaginemos como podrá actuar ante un cambio de precios o plazos de los componentes, sin libertad para actuar).
    • Implantar un idéntico proceso de construcción de las puertas que el sistemista realizó en el producto ensayado (¿se guardan evidencias de ello?).

    La administración, de oficio o por denuncia, podrá auditar el proceso de fabricación para verificarlo, el que hubiera adoptado formulas individuales para una opción en cascada, incumpliría pues el marcado CE, por tanto sus productos serían ilegales.

    En Applus+ Lgai no apoyan el modelo en Cascada de fabricantes que nada tengan que ver con la puerta que produce el sistemista, y que no estén auditados para verificar que el fabricante construye sus puertas según el mismo procedimiento de producción que el sistemista realizó en su puerta ensayada. No es posible de este modo garantizar que es el mismo producto, y por tanto supone un fraude al fabricante, que posteriormente estará indefenso.

    ¿Y ahora qué decido hacer? Conclusiones

    Nos encontramos ante varias opciones de cómo afrontar el marcado CE (Individual, Compartido o en Cascada), en la que cada opción aporta unas ventajas y unos inconvenientes, sobre las que cada uno debe valorar y decidir.

    Las directivas europeas enuncian muy claramente que el fabricante es el único responsable del buen uso del marcado CE, por lo que si incumple alguna de sus exigencias o hace un uso indebido de la documentación facilitada, frente a un incidente, la responsabilidad recae sobre él.

    Lamentablemente cada año hay accidentes de puertas industriales, de garaje o comerciales que causan daños humanos. Las responsabilidades civiles y penales no son eludibles y cada uno decide como afrontar su realidad. El realizar todos los pasos necesarios para el marcado CE no elimina totalmente los riesgos pero si presupone que el fabricante está controlando y actúa de buena fe para evitar que estos accidentes sucedan, lo cual ante la justicia aporta un gran valor.

    En Applus+ Lgai como Organismo Notificado nº 0370, líder y con amplia experiencia en certificación de Puertas Industriales, Comerciales y de Garaje, brindan sus servicios y ayuda para cumplir con el marcado CE.

    La marca Applus+ como distintivo de calidad les avala, y es reconocida en más de 35 países, Applus+ Lgai apuesta por la calidad y para ellos su tranquilidad y la de sus clientes es su objetivo de servicio.
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