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Hemos
de destacar el hecho demostrable de cómo la NBE-CA/88 ha quedado en evidencia,
al menos en su cumplimiento, y el hecho con el que nos encontramos prácticamente
a diario en muchas viviendas.
Pongamos
por ejemplo una conversación mantenida con un tono de voz normal. Podeos decir
que los niveles son de unos 65 dB(A), si tenemos en cuenta que el aislamiento de
una pared divisoria entre dos estancias según marca la NBE-CA/88 ha de ser de
35 dB(A). Si hacemos la resta directa, aun teniendo en cuenta que el nivel de
ruido de fondo del local receptor es de unos 30 dB(A) con horario diurno, encontramos
que los niveles de inmisión deberían de ser del orden de 30 dB(A) y, por lo
tanto, al no superar el nivel de fondo de la sala receptora, ¡¡¿no se
debería escuchar nada?!!.
¡Pero
esto no es así! ¿Cuántas veces hemos oído la conversación de los vecinos y
hasta hemos llegado a entender lo que dicen sin necesidad de hacer ningún
esfuerzo? O cuántas veces hemos oído caminar al vecino de arriba, las
instalaciones de agua, el ascensor, la puerta del garaje, el ruido de tránsito
de la calle, etc....

El
derecho a la intimidad personal y familiar, en la Constitución Española, está
recogido como un derecho fundamental, protegido y garantizado por el estado y
los particulares, reglamentado en los diferentes estatutos normativos. ¿Estamos
cometiendo entonces una ilegalidad desde el momento que no cumplimos los
mínimos exigibles por normativa? Estos ya es decisión de los juristas,
pero lo que sí que es cierto es que la norma no se ha hecho para permanecer en
una estantería de nuestro despacho.
Ya hace unos años que "Warren y Brandeis"
empezaron a constituir teorías sobre el derecho a la privacy, The
Right of Privacy y, desde entonces, ha habido una evolución histórica del
derecho a la intimidad.
Nos encontramos, entonces, ante una serie de carencias en
los acabados de las viviendas, puede que debido a un desconocimiento y una falta
de sensibilización acústica.
Recientemente se ha publicado y enviado a Bruselas el nuevo
Código Técnico de la Edificación, el HR Protección contra ruido que
aún se encuentra en el proceso de adecuación con la nueva Ley de Ruido estatal
y pendiente de enviar a Bruselas, que sustituirá la NBE-CA/88.
Pasamos a detallar una comparativa entre la actual Norma
Básica de la Edificación Condiciones Acústicas hacia el Nuevo Código
Técnico de la Edificación, HR Protección contra el ruido.

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